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Mades Prohíbe la fabricación, tenencia, uso, trasporte y comercialización de redes de monofilamento

Por lo que quienes incumplan la disposición serán pasibles disposición  sanciones, multas, decomisos y otros, en el marco de la Ley N° 3556/08 De Pesca y Acuicultura.

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), mediante la Resolución N°10/2024, prohíbe la fabricación, tenencia, uso, trasporte y comercialización de redes de monofilamento en todo el territorio nacional, a fin de salvaguardar la fauna ictícola de nuestros ríos, debido a la extracción indiscriminada de peces con este tipo de elementos. 

Además se informa al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) sobre dicha Resolución a fin de prohibir la importación de redes de monofilamento.

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